viernes, 31 de julio de 2015

En relación al tema de la ley 1420



La COMISIÓN BICAMERAL DEL DIGESTO JURÍDICO ARGENTINO encargada de ordenar las leyes vigentes y descartar aquellas que han sido dejadas sin efecto por otras normas jurídicas más recientes, ratificó la derogación total de la ley 1420.
En consecuencia, el sistema educativo argentino se rige por la ley de Educación Nacional N 26.206 del año 2006,y por las leyes provinciales.
El artículo 8,de la ley 1420,que garantizaba la educación laica, no está incluido en la ley nacional,y en ninguna ley provincial,salvo en las leyes de la Ciudad de Buenos Aires y de la provincia de Neuquen.

El artículo 8, de la ley 1420 no mencionaba el carácter laico de la educación,pero dejaba la instrucción religiosa como optativa y fuera del horario escolar.
A partir de una recomendación de la DIRECCIÓN DE INFORMACIÓN PARLAMENTARIA,la mayoría de la COMISIÓN BICAMERAL DEL DIGESTO JURÍDICO ARGENTINO aprobó la derogación total de la ley 1420 incluído el artículo 8 de la misma.
Ese dictamen deberá pasar ahora por el recinto de ambas cámaras del Congreso Nacional.

ES DE ESPERAR QUE LOS LEGISLADORES NACIONALES RATIFIQUEN LA PLENA VIGENCIA DE LA LETRA Y EL ESPÍRITU CONTENIDO EN EL SABIO ARTICULO 8 DE LA LEY 1420,QUE PERMITIÓ LA TOTAL INTEGRACIÓN DE LOS EXTRANJEROS ,QUE JUNTO A LOS ARGENTINOS LABRARON EL PROGRESO DE LA NACIÓN , EN UN CLIMA DE RESPETO,TOLERANCIA Y TRABAJO FECUNDO.

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